Contrato de encargo de tratamiento

Modelo v0.1 · 27 de septiembre de 2026 · Para radiólogos individuales e instituciones

Borrador en revisión legal. Este texto describe cómo está construido PressF8 hoy y cómo se prepara para la Ley 21.719. La versión definitiva, validada por un abogado, reemplazará esta página antes de que la ley entre en vigencia (1 de diciembre de 2026).

Partes

Responsable: el médico radiólogo o la institución de salud que utiliza PressF8 y decide sobre los fines y medios del tratamiento de los datos contenidos en sus informes.

Encargado: PressF8, sociedad en constitución, Santiago de Chile, que trata esos datos exclusivamente por cuenta e instrucción del responsable.

1. Objeto

El encargado presta el servicio de revisión de calidad de informes radiológicos descrito en pressf8.cl: recepción del texto, redacción de identificadores, consulta a un proveedor de inteligencia artificial con el texto redactado, restauración y devolución del texto corregido al responsable.

2. Datos y personas afectadas

Texto de informes radiológicos, que puede contener datos personales y datos de salud de pacientes, y datos de identificación del profesional usuario. Categorías de personas: pacientes del responsable y usuarios profesionales.

3. Instrucciones del responsable

El encargado trata los datos únicamente para prestar el servicio, conforme a este contrato y a la política de privacidad. No los usa para fines propios, no entrena modelos con ellos y no los cede a terceros distintos de los subencargados autorizados.

4. Medidas de seguridad

5. Subencargados

El responsable autoriza a los subencargados listados en la política de privacidad (proveedor de inteligencia artificial, proveedor de alojamiento, proveedor de inicio de sesión). El encargado informará con 30 días de anticipación cualquier cambio, y el responsable podrá oponerse y terminar el contrato sin costo.

6. Transferencias internacionales

El encargado informa que el texto redactado se procesa en servidores del proveedor de inteligencia artificial fuera de Chile, bajo acuerdo de tratamiento de datos y sin retención, y que el alojamiento del servicio y la redacción de identificadores ocurren en Chile (Google Cloud, región Santiago). Cualquier otra transferencia requiere autorización previa del responsable.

7. Confidencialidad

Las personas que operan el servicio están obligadas a confidencialidad. El acceso al servidor está restringido y registrado.

8. Asistencia al responsable

El encargado colabora con el responsable en la atención de derechos de los titulares, en evaluaciones de impacto y ante la autoridad. Como no conserva datos de pacientes, informará esa circunstancia cuando corresponda.

9. Brechas de seguridad

El encargado notificará al responsable cualquier vulneración de seguridad que afecte a los datos tratados dentro de las 72 horas desde que la conozca, con la información disponible para que el responsable cumpla sus propias obligaciones de notificación.

10. Duración y término

Rige mientras el responsable use el servicio. Al término, el encargado elimina los datos de la cuenta (preferencias, plantillas, métricas) a solicitud del responsable, o los entrega en formato exportable. No existen informes que devolver ni eliminar, por diseño.

11. Auditoría

El responsable puede solicitar información razonable para verificar el cumplimiento de este contrato, incluida la documentación técnica de las medidas de seguridad.

12. Ley aplicable

Ley 21.719 y demás normativa chilena aplicable. Tribunales de Santiago de Chile.

Para instituciones: este modelo se adapta a su formato y se firma junto con el acuerdo comercial.